Econ. Paola Talavera
La ley que sancionó el Congreso de la Nación Paraguaya el 17 de mayo del 2012 está enfocada en las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) tiene como fin proveer un marco regulatorio que permita promover y fomentar la creación, desarrollo y competitividad de las MiPymes para incorporarlas a la estructura formal productora de bienes y servicios, y darles identidad jurídica.
En esta ley se separan los grupos de MiPymes como micro, pequeña y mediana con sus niveles de facturación y cantidad de trabajadores, a tener en cuenta existe una actualización de los montón de facturación por el Decreto N°3698/2020. Se encuentran las excepciones, como no serán consideradas las empresas que se dediquen a la intermediación financiero, seguros, negocios inmobiliarios y el ejercicio de profesiones liberales.
Dentro de la misma se creo el Sistema Nacional de MiPymes para el cumplimiento de una política nacional que posibilite el trabajo integral, armonizado y conjunto de órganos involucrados en la creación, formalización, desarrollo y competitividad. Este Sistema se encuentra bajo la dirección del Ministerio de Industria y Comercio, a través de las Subsecretarías de Estado y Direcciones correspondientes. Pero la pregunta es, ¿Está funcionando? En la página del MIC se encuentra una sección de SINAMIPYMES que es el conocido sistema para MiPymes, pero su última actualización sobre reuniones de este sistema fue el 16 de marzo del 2016. SINAMIPYMES creo un plan estratégico de MiPymes publicado que abarcan los años 2018-2023, realizaron algunos conversatorios en octubre del 2021 pero más de esas actividades no se visualizan este año aún. Se necesita este acompañamiento de la MiPymes y que las instituciones destinadas para este sector funcionen, ya que una de las finalidades de este sistema es promover una cultura tecnológica en las MiPymes para modernización, innovación y desarrollo tecnológica, esto es clave para el mejoramiento y desarrollo de las empresas.
En el artículo 14 de la ley, se habla de la creación del Viceministerio de las Micro, pequeñas y medianas empresas que tendrá a cargo algunas de las siguientes funciones; coordinar y dirigir las acciones del Sistema Nacional de MiPymes; coordinar, sistematizar y ejecutar las políticas de apoyo para la creación, promoción, fortalecimiento, gestión, tecnificación y desarrollo de las MiPymes; fomentar la operativa del Fondo de Garantía y otros instrumentos que faciliten el acceso al crédito, este último fundamental en especial en el periodo del comienzo de la pandemia; promover la participación de las MiPymes en las instancias oficiales del MERCOSUR y otros organismos de nivel regional e internacional; propulsar las sociedades de garantías recíprocas y desarrollar un sistema de información para el adecuado proceso de toma de decisiones para el monitoreo, supervisión y control de las acciones políticas, de planes y programas administrativos que se realicen. Mencionó algunos de los 17 puntos de funciones del Viceministerio.
El Estado debe apoyar e incentivar la iniciativa privada que ejecuta acciones de capacitación y asistencia técnica de las MiPymes. El Ministerio de Industria y Comercio deberían coordinar con el Ministerio de Justicia y Trabajo y el Ministerio de Educación y Cultura para el reconocimiento de las entidades especializadas en formación y capacitación laboral como entidades educativas.
Otro punto clave que se debe fortalecer con esta ley es el artículo 18 que menciona la modernización tecnológica del tejido empresarial de las MiPymes, en donde la promoción, articulación y operativización de la investigación e innovación tecnológica será coordinada por el Ministerio de Industria y Comercio, la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), Universidades y Centro de Investigación con las MiPymes.
Las MiPymes, según la ley, deben acogerse a cualquiera de los beneficios establecidos en la presente ley y deberán registrarse en el Sistema Unificado de Apertura de Empresas (SUAE) que funciona en el Ministerio de Industria y Comercio. Este sistema se concentra en una sola dependencias con todas las instituciones involucradas en el proceso de constitución para funcionamiento de las empresas de diversos tipos, rubros y escala de inversión. La idea es trabajar con el Ministerio del Interior, Ministerio de Hacienda, IPS, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Municipalidad de Asunción.
Esta información y más deben tenerlos en conocimiento si son cabezas de MiPymes, deben conocer sus derechos y deberes para poder exigir que se cumpla todo lo que dice en esta ley. Todo lo escrito es para ayudar al progreso de este sector pero muchos puntos están en falta por falta de conocimiento de la ciudadanía o por falta de interés del Estado, la ley tiene solo 13 páginas es de suma importancia que la lean y conozcan para poder exigir lo que le corresponde a las MiPymes.